domingo, 10 de abril de 2011

EL RIESGO PAÍS Y SUS SISTEMAS DE CALIFICACIÓN




CONCEPTO E HISTORIA


   El riesgo-país es el que concurre en las deudas de un país, globalmente consideradas, o por circunstancias inherentes a la soberanía de los Estados o, en general, distintas del riesgo comercial habitual.

   El concepto de riesgo-país comenzó a acuñarse con el resurgimiento de la actividad bancaria internacional a gran escala en los años 50 y se introdujo con fuerza en el mundo financiero a partir de la crisis de la deuda latinoamericana de principios de la década de 1980.

   Hasta comienzos de los años 70, la mayoría de países en desarrollo sólo podían obtener financiación exterior de fuentes oficiales, bilaterales o multilaterales, por lo general de carácter concesional y asociada a proyectos específicos. A partir de entonces la banca comercial comenzó a suministrar a estos países flujos crecientes de fondos, como respuesta tanto a la demanda de fondos por el encarecimiento de los precios del petróleo a partir de 1973 como a la oferta de fondos (petrodólares) por parte de los países exportadores de petróleo con excedentes de capitales para invertir. Cuando se produjo el segundo

   A partir de ese momento, el concepto de riesgo-país fue cobrando una relevancia grande dando lugar a metodologías de análisis y normativas propias.



CLASES DE RIEGOS

   Existen diferentes clases:

-      El riesgo soberano; es el de los acreedores de los Estados o de entidades por ellos garantizados, en cuanto pueden ser ineficaces las acciones legales contra el prestatario o último obligado al pago, por razones de soberanía.
-      El de transferencia; El segundo es el de los acreedores extranjeros de los residentes de un país que experimenta una incapacidad general para afrontar sus deudas, por carecer de las divisas en que estén denominadas.

-      Restantes riegos; derivados de la actividad financiera internacional.


¿CÓMO EVALUAR EL RIEGO PAÍS?


   En general para evaluar el riesgo, o rating país, se suelen analizar tres factores básicos:

1. Los políticos.
2. Los económicos.
3. Los referidos  a la composición de la deuda externa.


a) Factores políticos:

   En ellos se analizará la estabilidad política y social del país, el acceso y las fórmulas de transmisión del poder, incluyendo en su caso la legitimidad del mismo, las relaciones internacionales, la capacidad de los burócratas y las soluciones adoptadas frente a situaciones adversas anteriores.


b) Factores Económicos:

   Se evalúa bajo este punto, la capacidad del país para generar la riqueza suficiente que le permita la devolución sin dificultades de sus deudas frente a terceros. Para ello serán analizados la calidad y el coste de explotación de sus recursos naturales, su capacidad de producción y su estructura por sectores, su nivel actual y futuro de implantación de tecnología y, el volumen y composición de su cartera de pedidos exteriores y su ratio importación/exportación.


c) La Deuda Externa:

   Se analizará el comportamiento histórico y el grado de cumplimiento frente a sus obligaciones internacionales. Se trata de establecer un conjunto de variables o indicadores económicos que permitan predecir situaciones de crisis potenciales y, en su caso, valorar la facilidad que tiene ese país para realizar los ajustes necesarios.

   La normativa española establece que las entidades de depósito deberán clasificar a los países en alguno de los siguientes grupos, de menor a mayor riesgo:

1. Países cuyos riesgos son negociables.
2. Países no clasificados en ningún otro grupo.
3. Países con dificultades transitorias.
4. Países dudosos.
5. Países muy dudosos.
6. Países fallidos.

   Se consideran países con dificultades transitorias cuando transcurridos tres meses continúen en situación de impago o pago parcial de sus intereses o bien paguen intereses pero no hagan frente al principal de sus deudas, renegocien multilateralmente la financiación de sus obligaciones de pago alargando los plazos previstos o impongan unilateralmente dicha refinanciación, o bien presenten un deterioro macroeconómico profundo que pueda afectar a la capacidad de pago del país.


   Dudosos cuando la situación de impago de los intereses supere el plazo de seis meses desde su vencimiento, la interrupción de pago del principal manteniendo el pago de los intereses sea superior al año, hayan impuesto la renegociación de principal e intereses parcial o totalmente, ya sea por acuerdos multilaterales o unilateralmente, participen en guerras o sean países que puedan obtener ayuda financiera ligada.


   Si los plazos de impago descritos en los países dudosos se amplían a nueve meses o a más de veinticuatro respectivamente, se interrumpa totalmente la amortización durante doce meses, se incumpla alguna renegociación o se rechacen acuerdos promovidos por instituciones internacionales FMI, el país será calificado como muy dudoso.


   Y serán fallidos aquellos países que hayan repudiado sus deudas o no hayan atendido a la amortización ni al pago de intereses durante cuatro años.


- Deudores:

   Los deudores pueden ser soberanos (o privados con garantía soberana) de carácter estatal o paraestatal (gobiernos locales), o privados, normalmente bancos o empresas de tamaño medio a grande, que obtienen financiación para sus operaciones comerciales o generales, mediante préstamos o emisión de bonos en los mercados internacionales.


- Acreedores:

 
1.      ENTIDADES PRIVADAS:


   El primer agente a considerar en las operaciones con riesgo-país es el acreedor o inversor, principalmente bancos comerciales, bancos de inversión, inversores institucionales (fondos de inversión, fondos de pensiones, compañías de seguros) y hedge funds, aunque empresas e individuos particulares también participan directamente en el mercado.


2.      ACREEDORES OFICIALES BILATERALES:

   Una segunda gran categoría de acreedores son los estados o gobiernos de los países, que otorgan bilateralmente financiación de balanza de pagos y financiación a la exportación a los países emergentes y en desarrollo. La financiación bilateral de balanza de pagos se produce normalmente en el marco de relaciones o acuerdos políticos entre países “amigos”. Esta financiación no siempre sale a la luz pública.


     3. ACREEDORES OFICIALES MULTILATERALES:

   En tercer lugar, se debe hacer mención de las Instituciones Financieras Internacionales (IFIs), como acreedoras de países con niveles apreciables de riesgo-país. Entre estas instituciones, se debe citar ante todo al Fondo Monetario Internacional (FMI). Como prestamista, la condición de proveedor de fondos del FMI en caso de crisis de balanza de pagos, y de acreedor dispuesto a condonar deudas en el marco de la iniciativa MDRI (Multilateral Debt Reduction Initiative), le confiere un destacado papel en la resolución de los desequilibrios exteriores.

viernes, 8 de abril de 2011

LOS FONDOS DE INVERSIÓN




¿QUÉ SON?

   Un fondo común de inversión o fondo mutuo es una alternativa de inversión que consiste en reunir una cantidad de dinero o patrimonio, sin personalidad jurídica, que se constituye con las aportaciones de todos sus inversores naturales o jurídicos y se administra por una sociedad gestora de instituciones de inversión colectiva, para invertirlos en diferentes instrumentos financieros, responsabilidad que se delega a una sociedad administradora que puede ser un banco o institución financiera.

   Los fondos mutuos son una alternativa de inversión diversificada, ya que invierten en numerosos instrumentos, lo que reduce el riesgo.

   Es un patrimonio constituido por las aportaciones de diversas personas, denominadas partícipes del fondo, administrado por una Sociedad gestora responsable de su gestión y administración, y por una Entidad Depositaria que custodia los títulos y efectivo y ejerce funciones de garantía y vigilancia ante las inversiones. 
Un certificado de participación representa los derechos de propiedad.

   Al invertir en un fondo se obtiene un número de participaciones, las cuales diariamente tienen un precio o valor liquidativo, obtenido por la división entre el patrimonio valorado y el número de participaciones en circulación.

   El rendimiento del fondo se hace efectivo en el momento de venta de las participaciones, la cual puede llevarse a cabo en el momento en que se desee.

   Las aportaciones que hacen los inversores se invierten en activos financieros con el fin de obtener la mayor rentabilidad posible, estos activos suelen ser: acciones, letras, bonos, obligaciones, productos derivados..., aunque también pueden invertirse en activos no financieros, como bienes inmuebles, arte...

   Las comisiones son el coste que tiene la colocación de un dinero en fondos de inversión, es decir, el pago a las gestoras y depositarios por el trabajo que realizan.


   CLASIFICACIÓN DE LOS FONDOS DE INVERSIÓN:


- Legales: Criterio legal por el que se recogen los distintos tipos de fondos de inversión recogidos en la normativa española de Instituciones de Inversión Colectiva.
- Analíticos: Clasifica los fondos de inversión en función de la relación entre sus rendimientos y sus niveles de riesgo.
- Comerciales: Empleo en el nombre del fondo de términos que refieran sus rasgos y resuman las líneas generales que siguen al realizar las inversiones de dicho fondo.


MODO DE OPERACIÓN

   El fondo es un patrimonio indiviso conformado por los aportes de varios inversores (aunque contablemente se lo considera una sola cuenta) pueden ser de distinta naturaleza (individuales, grupales, o institucionales; privados o estatales) que tienen los mismos objetivos de rentabilidad y riesgo respecto de las inversiones que realizan, delegando la administración del mismo a un equipo de profesionales.

   Existen diferentes tipos de fondos mutuos según sea la cartera o portafolio de inversión elegida por la sociedad administradora. La sociedad administradora define el valor de una cuota o cuotaparte, dividiendo el patrimonio en partes iguales, la cual varía según sea la rentabilidad del fondo. En general no tienen vencimiento ni requieren renovación y el dinero invertido se puede rescatar fácilmente.

   Los instrumentos donde se invierte son:

·                     Valores con Cotización (acciones, bonos, etc).
·                     Dinero (moneda local o extranjera).
·                     Inmuebles o Bienes Afectados a una Explotación (letras hipotecarias).

   Concretamente, los FCI o fondos mutuos brindan a los pequeños y medianos ahorradores la posibilidad de potenciar en conjunto sus ahorros y participar en el mercado de capitales, con el criterio y la profesionalidad con que actúan los grandes inversores.

   Institucionalmente se constituye por la unión de Sociedad Gerente y Sociedad Depositaria.

   Sociedad gerente encargada de:

·                     Establecer el Objeto de Inversión.
·                     Llevar la Contabilidad.
·                     Realizar Publicaciones Exigidas Legalmente.
·                     Controlar la Sociedad Depositaria.

   Sociedad depositaria encargada de:

·                     Custodiar los valores y demás instrumentos representativos de las inversiones.
El dinero que aportan los clientes es recibido por la Sociedad Depositaria, destinándose posteriormente a la compra de los activos que son objeto del FCI. Entre la Sociedad Gerente y la Depositaria deben controlar el cumplimiento de las pautas del “Reglamento de Gestión”.


TIPOS DE FONDOS DE INVERSIÓN


- FONDOS DE INVERSIÓN DE ALTA RENTABILIDAD:

   Este tipo de fondos de inversión están formados para inversores con capitales a partir de 25.000 dólares y que tengan experiencia en mercados financieros derivados.
Hay varios mercados donde se puede gestionar un fondo de inversión de estas características como en futuros o Forex.

   Si un inversor quiere entrar en uno de estos fondos de inversión de alta rentabilidad lo más importante es que lo haga con gestores profesionales que trabajen con corredores de bolsa fuertemente regulados y que les puedan ofrecer reportes de estos fondos.




- FONDOS DE INVERSIÓN DE RENTA ESTABILIZADA:

   Los fondos de renta estabilizados son aquellos que a diferencia de los fondos de renta variable tradicionales están intervenidos por un corredor de bolsa que mantiene la flotación de los recursos en el instrumento más rentable

   Este generalmente realiza las compras y ventas para mantener el rendimiento, utilizando un programa de predicción del comportamiento de mercado.

Los fondos de renta estabilizada son sumamente complejos de operar y en su mayoría son gestionados por computadoras que realizan las operaciones de predicción, compra y venta en milésimas de segundos. Dependiendo de su algoritmo, estos fondos generalmente arrojan un rendimiento mensual de entre 2.3% y el 4.3% del capital inicial invertido.

lunes, 4 de abril de 2011

LA CRISIS DE DEUDA PÚBLICA




   Se entiende por Deuda Pública al conjunto de títulos de renta fija emitidos por el Estado y que se corresponden con la deuda que tiene contraída con los inversores que han suscrito dichos valores, que cuenta con la garantía del Estado, es decir, la deuda pública se entiende como el conjunto de deudas de un Estado frente a particulares o frente a otro país.
La deuda pública es el resultado de la emisión de Letras del Tesoro, Bonos del Estado u Obligaciones del Estado.

   Cuando compras una deuda del estado únicamente se anota en cuentas registradas de alguna de las entidades gestoras autorizadas no hay un título físico, sin embargo, se concede al comprador un resguardo  que garantiza que esa compra/venta se ha realizado y es real.

1.     Letras del Tesoro.

   Se crearon en junio de 1987, cuando se puso en funcionamiento el Mercado de Deuda Pública en Anotaciones y se caracterizan por:

a)       Emitidas al descuento, esto significa que su precio inicial por el que se compra es inferior al importe que recibe el comprador al final de la operación que será de 1000€. La diferencia entre los dos será el interés obtenido.

b)       A plazo no superior a dieciocho meses, actualmente el Tesoro emite Letras del Tesoro con tres plazos distintos:
• Letras del Tesoro a seis meses.
• Letras del Tesoro a un año.
• Letras del Tesoro a dieciocho meses.


c)       Emitidas como instrumento regulador de la intervención en los mercados monetarios, sin perjuicio de que los fondos obtenidos por su emisión se apliquen a cualquiera de los destinos previstos en la Ley General Presupuestaria.

2.     Bonos y obligaciones del Estado.

   La Deuda del Estado recibirá la denominación de bonos del Estado o de obligaciones del Estado según que su plazo de vida se encuentre entre dos y cinco años o superior. Tienen las siguientes características:

a)       Son títulos con interés periódico (en forma de cupón), a diferencia de las Letras del Tesoro, que pagan los intereses al finalizar.

b)       Su valor nominal es de 1.000 euros, siendo el mínimo que puede solicitarse en una subasta, siendo las peticiones por importes múltiplos de 1.000 €.

c)       Las emisiones de estos valores se llevan a cabo mediante sucesivos tramos: el mismo bono se subasta en varios meses consecutivos, hasta que la emisión alcanza un volumen en circulación elevado que asegure que los valores sean muy líquidos.

d)       El cupón que devenga se paga cada año y representa el tipo de interés «nominal» del bono o la obligación.

e)       El valor de amortización será la par, salvo que por Resolución de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera se disponga un valor distinto o se trate de amortización anticipada por recompra o canje.

f)        En la actualidad el Tesoro emite:

     - Bonos a tres y cinco años.
                         - Obligaciones a diez, quince y treinta años.

3.     Bonos y obligaciones segregables. Los strips de Deuda Pública.


   Los bonos y obligaciones del Estado que se emiten desde julio de 1997 (segregables) presentan características diferentes frente a los bonos y obligaciones del Estado emitidos anteriormente a esa fecha:

a)       Posibilidad de «segregación», esto es, la opción de separar cada bono en “n” valores (strips), uno por cada pago que de derecho la posesión del bono. Así, de un bono a 5 años podrían obtenerse 6 strips: uno por cada pago de cupón anual, y un sexto por el principal, al cabo de los 5 años. Cada uno de estos strips puede ser posteriormente negociado de forma diferenciada del resto de strips procedentes del bono.

b)       Esta operación de segregación transforma un activo de rendimiento explícito (bono u obligación) en una serie de valores de rendimiento implícito -bonos cupón cero-, cuya fecha de vencimiento y valor de reembolso coinciden con los de los cupones y principal del activo originario. Los bonos cupón cero tienen unas características financieras peculiares que los hacen especialmente atractivos para determinados inversores. Los strips son una forma de cubrir esa demanda sin necesidad de aumentar la gama de valores emitidos por el Tesoro. Además, se permite realizar la operación inversa a la descrita, es decir, la reconstitución del activo originario a partir de los bonos cupón cero procedentes de su segregación.

c)       Su tratamiento fiscal más favorable para sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades: el cupón de los bonos y obligaciones del Estado segregables no está sujeto a retención, y tampoco sufren retención los rendimientos implícitos generados por los bonos cupón cero (strips) procedentes de su segregación.


   Todo el resto de características de los bonos y obligaciones segregables (plazos de emisión, frecuencia de cupón, método de emisión…) son idénticas a las de los bonos y obligaciones «no segregables».

   El Tesoro comenzó a emitir valores segregables en julio de 1997. La segregación propiamente dicha y la negociación de los strips resultantes se inició en enero de 1998.

   Para financiar sus actividades, el sector público puede utilizar esencialmente tres medios:

-       Impuestos y otros recursos ordinarios (precios públicos, transferencias recibidas, tasas, etc.).
-       Creación de dinero, mediante un proceso de expansión monetaria.
-       Emisión de deuda pública.

   Pero además de esto, el Estado puede utilizar la deuda como instrumento de política económica y en este caso debe utilizar la política de deuda que considera en cada momento más apropiada a los fines que persigue.

   Si se produce un caso de inflación (sobra dinero en el mercado) el Estado vende deuda publica intercambiando dinero por los títulos, así reduce la cantidad de dinero en circulación.

   Si se produce deflación (se necesita dinero) el estado compra los títulos de deuda pública para así aumentar el dinero en circulación.

  Causas de esas crisis de deuda pública:

   Un estado por su condición tiende a crecer y para hacerlo necesita ingresos y materias primas que le permitan expandirse.

   Estos ingresos los consigue mediante impuestos y demás pero también tiene grandiosos costes, el capital del que dispone es el límite que le permite o no expandirse.

¿Qué ocurre cuando no hay dinero?

   El Estado emite deuda publica consigue aumentar su capital y expandirse, crecer; el problema es que también aumentan los gastos.

Al final si el Estado no mejora y obtiene ingresos desde dentro, si no mejora la situación de mercado y se obtienen beneficios el Estado no es capaz de devolver el dinero que “pidió prestado”, es decir entramos en una crisis económica.

   La Bolsa española se desmarcó de nuevo en 2010 del compás de la llamada economía real, es decir, del producto interior bruto (PIB): España salió el año pasado de su recesión más profunda para quedar prácticamente estancada, pero el principal indicador bursátil español, el Ibex 35, protagonizó la mayor caída entre las grandes bolsas, con un descenso el 17,43%. El vuelco es absoluto respecto a lo ocurrido en 2009, cuando la Bolsa española se despegó de la recesión económica y logró una subida de casi el 30%.

   La crisis de deuda soberana contaminó el año pasado la actividad del parqué, al ahuyentar a los inversores de todo aquello que oliera a marca España, y la crisis del sector financiero, con un peso primordial en el Ibex, lastró al indicador.

   El mal año para los títulos del Santander (-30,48%) y el BBVA (-38,19%) explica más de la mitad de la bajada de la Bolsa, aunque Gamesa, con menor peso en el indicador, ha protagonizado la principal caída, del 50,8%. De hecho, de los 2.176 puntos que se ha dejado el indicador en el año, el Santander y el BBVA han perdido 854,7 y 548,9, puntos respectivamente.

Subidas

   En el otro extremo de la lista, Iberia ha logrado la subida récord del grupo, del 68,2%, en el año de su fusión con British Airways, aunque Inditex, con la segunda mejor marca (29,35%), tiene más peso en el indicador. Como broche final a un año de alta volatilidad, el Ibex ha bajado un 1,23% hoy, en la última jornada de 2010, con lo que finalmente ha quedado por debajo de la barrera psicológica de 10.000 puntos, concretamente, ha parado en 9.859,10.

   El terremoto fiscal en Grecia y su rescate final en mayo pusieron el euro ante su primera gran crisis y a España en el punto de mira como zona de peligro. El mayor recorte social en la democracia española aprobado ese mismo mes (congelación de pensiones y bajada de sueldo de los funcionarios) no impidieron que la Bolsa española tocara mínimos en junio. En noviembre fue Irlanda el país que, arrastrado por sus bancos, se ve abocado a pedir un rescate y aprobar un duro ajuste.

   El resto de indicadores europeos ha aguantado mejor el tipo en esta marejada: el Euro Stoxx 50, índice que agrupa a las mayores compañías del área euro, bajó un 5,33%; el Dax alemán, en cabio, se revalorizó un 16,06%; el Cac francés cayó un 2,17% y el Footsie británico subió un 10,31%. En Asia, el Nikkei japonés bajó un 3,01%. Hoy, antes del cierre de la sesión, en Estados Unidos el Dow Jones acumula una subida del 10,87% en el año; el Standar & Poor's un 12,73% y el Nasdaq un 17,39%.

   Como conclusión debo decir que los países más endeudados actualmente en esta crisis global son Irlanda, Grecia, Portugal y España.

   La UE ofrece ayuda a los países europeos que lo necesiten y cuyos jefes de gobierno se haya demostrado que son incapaces de resolver la situación.

viernes, 25 de marzo de 2011

LOS PLANES DE PENSIONES




¿QUÉ ES UN PLAN DE PENSIONES?

   Un plan de pensiones es una modalidad de ahorro a largo plazo, que te permite ahorrar cómodamente, para que puedas disponer de un capital o una renta en el momento de la jubilación o en caso de incapacidad y, en caso de fallecimiento, para que puedan disponer del mismo tus beneficiarios. Pero, además, los planes de pensiones son, hoy por hoy, el producto que te permite obtener el máximo ahorro fiscal en tu declaración de la renta.

   Los planes de pensión son productos a muy largo plazo y en su contratación se fija un desembolso que el cliente debe realizar mediante cuotas mensuales a la entidad financiera a lo largo de todo el año y durante muchos años, hasta llegada la hora de la jubilación. Será entonces cuando la persona que contrató su plan de pensión podrá recibir una renta mensual o todo el capital, según pactara en el momento de la contratación del plan.

   El objetivo de un plan de pensiones no es otro que el de servir de ayuda a la hora de la jubilación. Esto se traduce en, un complemento de la pensión que a cada persona se le asigna según el puesto de trabajo que haya desempeñado. Pero, ¿Se puede recuperar el dinero antes? La respuesta es sí, pero sólo en los siguientes casos:

·                     Muerte.

·                     Invalidez o incapacidad.

·                     Enfermedad grave.

·                     Dependencia severa.

·                     O desempleo por tiempo superior a doce meses y no se esté cobrando el subsidio de   desempleo.


   A veces, hablando sobre este tema puedes escuchar una pregunta parecida a esta.
¿Y si voy pagando cada mes hasta que me jubile, lo que me devolverán será ese dinero o algo más? Evidentemente se recibirá más dinero, sino, no tendría sentido contratar un plan de pensiones. Lo que se obtendrá será el dinero aportado más los rendimientos generados por la inversión que dependerán de lo arriesgado que se haya contratado el plan de pensiones. Se puede haber invertido en acciones, en divisas, en renta fija... Además, hay entidades gestoras que invierten de maneras diferentes (y que les salga mejor) y de esto también dependerá que se obtengan más rendimientos en unos planes de pensiones que en otros.


   Por último vamos a clasificar los planes de pensiones. Estos están sujetos a varias clasificaciones dependiendo de quién los promueve, qué tipo de inversiones realizan y qué obligaciones se estipulan en su contrato.

CLASES DE PENSIONES

1- Planes de pensiones según el tipo de inversores.

En función de quien los promueve:

Individuales: son aquellos que una persona contrata con una entidad financiera por iniciativa propia e independientemente.

De empleo: aquellos cuyo promotor es una empresa determinada. Funcionan como un tipo de retribución a los trabajadores.

Asociados: son los que se contratan para un colectivo determinado. El promotor suele ser una asociación y los partícipes, sus miembros.

2- Planes de pensiones según forma de inversión.

-En función del tipo de inversiones que realizan:

Renta Variable: son aquellos que, como mínimo, invierten un 75% del capital en renta variable y el resto, en renta fija. La renta variable es un tipo de inversión cuya rentabilidad está en función de la cotización de los valores en los que se invierte.

Renta Mixta Variable: aquellos que invierten entre un 30% y un 75% del capital en renta variable y el resto en renta fija.

Renta Fija: son aquellos que solamente invierten su capital en renta fija. Ésta es un tipo de inversión en la que se conoce la rentabilidad que va a generar desde el momento en que se hace.

Renta Fija Mixta I: son aquellos que invierten hasta un 15% del capital del fondo en renta variable y el resto en renta fija.

Renta Fija Mixta II: son aquellos que invierten entre un 15% y un 30% del capital del fondo en renta variable y el resto en renta fija.

3- Planes de pensiones según el tipo de aportación.

En función de las obligaciones exigidas en su contrato:

Planes de aportación definida: cuando se establece el importe económico que cada persona debe depositar.

Planes de prestación definida: son aquellos en los que se establece la cantidad económica que las personas van a recibir en el momento de la jubilación, o cualquier otra situación autorizada para el cobro de las prestaciones. Suelen ser a plazo fijo.

Planes mixtos: son una mezcla de los dos anteriores. En ellos se fijan los importes económicos que cada partícipe debe aportar y la cantidad que recibirá tras cumplirse los requisitos establecidos para el cobro del plan de pensiones.